lunes, 15 de octubre de 2012

COMUNICADO DE LA AFU A LOS EGRESADOS DE FISIOTERAPIA

COMUNICADO DE LA AFU A LOS EGRESADOS DE FISIOTERAPIA

20/09/2012

 

Se aplazó para noviembre la votación de nuestras leyes. Nos comunicarán la fecha a inicios de noviembre.

 

Como ustedes saben por las últimas comunicaciones de AFU, en los próximos meses se debatirán y votaran, afirmativa o negativamente, en el Parlamento Nacional, proyectos de ley fundamentales para los fisioterapeutas.

A raíz de muchas consultas de colegas llegadas a AFU, nos damos cuenta que hay confusión sobre las acciones tomadas, sus alcances y contenidos, por ello es que queremos compartir con ustedes algunas apreciaciones al respecto, con la esperanza de aclarar algunos conceptos.

 

1- Las normas legales que regulan hasta la fecha la profesión de fisioterapia en nuestro país son: Ordenanza Nº 447 y 455 (1957); Decreto 921/73 (1973); Laudo Grupo 40 (1985); Ley 16614 (1994); Ley 17155 (1999); Declaración de principios WCPT (1999); Código de Ética (2000), Perfil de Carrera (2006)

2- La modificación de la ley 16.614 por la ley 17.155, su carácter genérico a los tecnólogos, la falta de una legislación específica y las reuniones de la CIFIKIM (1997), que nos muestran la realidad de otros países de la región, nos llevan a diseñar y desarrollar el Plan estratégico de desarrollo de la fisioterapia AFU (2000), a los efectos de posicionarnos de la mejor manera en el país, la región y el mundo.

3- En ese marco se trabaja en la elaboración y redacción de varios documentos concomitantes con ese objetivo, a saber:

a) Norma legal específica sobre el ejercicio profesional de la fisioterapia en ROU (Elaborado en 2001, reformulado en 2011 y 2012, actual Proyecto de Ley de Ejercicio de la Fisioterapia, en trámite de aprobación).

b) Proyecto de fortalecimiento institucional de AFU, (Elaborado en 2001, reformulado en 2012, actual Proyecto de Ley de Colegiación de la Fisioterapia, en trámite de aprobación).

c) Actualización del Código de Ética (Aprobado y vigente desde 2000).

d) Nuevo Laudo grupo 15, incorporación de nueva categoría (licenciatura), carrera funcional (grados) y nuevos procedimientos (Aprobado desde 2005, reformulado en 2010 y 2012, en trámite).

e) Perfil profesional (Aprobado y vigente desde 2006, reformulado en 2012).

f) Creación de Especializaciones y Postgrados (Aprobado desde 2010, en trámite de elaboración y plan piloto).

g) Nuevo plan de estudio de la carrera (2012 - en trámite de elaboración).

 

No vamos, en esta acotada comunicación, a transcribir el contenido de cada uno de estos documentos, pero les daremos una idea de que trata cada uno.

4- El Proyecto de Ley de Ejercicio de la Fisioterapia, fue elaborado por una comisión de trabajo tripartita integrada por el MSP, la carrera de Fisioterapia y la AFU. En el mismo se define al fisioterapeuta, se establecen los ámbitos de ejercicio, se enmarca la forma de ejercicio actualizándola con nuestra realidad y se establecen los derechos, los deberes y las responsabilidades.

5- Respecto del Proyecto de Ley de Colegiación de la Fisioterapia, fue elaborado por una comisión de trabajo de AFU. En nuestro país, más allá de denominaciones al uso, no existen Colegios Profesionales, salvo el Colegio Médico, sancionado por ley en el año 2010 y en funciones desde 2012. Nuestro proyecto de ley de sancionarse este año, sería el segundo colegio profesional del país. En el mismo se establecen los ámbitos de actuación, sus cometidos, fines y potestades, la defensa de la profesión, la negociación colectiva, las sanciones por faltas éticas, los derechos, los deberes y las responsabilidades del colegio y los colegiados.

6- Actualización, a la luz de los acuerdos internacionales sobre Ética Profesional, firmados por AFU en CIFIKIM y WCPT, se entendió como necesidad la actualización del Código de Ética vigente (1985) que era muy acotado. En base a ello una Comisión de AFU realizó un estudio de los Códigos de Ética de toda Latinoamérica y algunos de Europa y procedió luego a la elaboración de un nuevo Código de Ética (2000 ) que es el vigente y el que se incorporó al proyecto de Ley de Colegiación.

7- En el nuevo Laudo G15, de acuerdo al proyecto común de FATMU se solicita la incorporación de la categoría "Licenciados" y de la carrera funcional a través del establecimiento de 3 grados para cargos superiores y 3 grados para cargos operativos. Se incorporan definiciones de los tipos de pacientes y los nuevos procedimientos inexistentes cuando se formuló el Laudo G40 (1985), y se prevé la inclusión de nuevos procedimientos en la medida que vayan siendo admitidos en la práctica diaria.

8- El Perfil Profesional se elaboró de común acuerdo entre los 3 órdenes, docente, estudiante y egresado durante la última reformulación del programa y plan de estudios (2006). Recientemente a raíz del trabajo en el proyecto de reglamentación del ejercicio de la Fisioterapia, se realizó una actualización del mismo.

9- Establecida en nuestro VII Congreso Nacional (2010 ) la necesidad de creación de Especializaciones y Postgrados para nuestra disciplina, se han elaborado proyectos para la aplicación en la actividad pública y en la privada, estableciendo para su desarrollo una estrategia de cooperación con diferentes entidades publicas y privadas tanto nacionales como extranjeras, todos los proyectos en torno a este tema están en diferentes etapas de elaboración o desarrollo.

10- Nuevo Plan de Estudio de la Carrera, en el entendido de la necesidad de mantener nuestra carrera al día en sus contenidos y recuperar el nivel formativo que detentamos durante décadas en el contexto latinoamericano, hemos invitado a participar, junto a docentes y estudiantes, a nuestros socios de los talleres de rediseño de la carrera y su programa que se desarrollarán durante este año y el próximo.

A la fecha estamos cerca de concretar muchas de las acciones propuestas, lo que nos acerca al cumplimiento de los objetivos planteados y la culminación del Plan de Desarrollo de la Fisioterapia.

Los fisioterapeutas necesitamos en esta instancia de todo el empuje y todos los apoyos posibles; el de los demás integrantes del equipo de salud, el de los pacientes, el de la opinión pública, pero por sobre todo, del apoyo de los propios fisioterapeutas.

 

Debemos participar acompañando las instancias de aprobación de las normas, incidiendo sobre la posición de nuestros representantes departamentales en el Parlamento, influyendo sobre nuestros gremios de base, asistiendo a las votaciones en la Cámara, participando en la AFU, en suma apoyando a la Fisioterapia..